En 2003 empezó a circular por la red un vídeo que, con la base de la música de la popular canción de Las Ketchup, ‘Aserejé’, denunciaba la gestión del hundimiento del ‘Prestige’ por parte del gobierno de Aznar: era el ‘Avertefué’ de las ‘Fuelchup’. Entonces, la Sociedad General de Autores y Editores se dirigió a la web que alojaba la pieza satírica, Marcianos.net, requiriéndoles a retirar el vídeo o a pagar 390 en concepto de derechos de autor. De no cumplir alguna de estas condiciones, la SGAE amenazaba a los autores con «medidas legales más severas».
Este caso sirve al director legal de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), Carlos Sánchez Almeida, para explicar los riesgos de la nueva Directiva sobre propiedad intelectual aprobada por el Parlamento Europeo el pasado 12 de septiembre. Unos peligros que se mantienen a pesar de las enmiendas introducidas respecto al texto original tras la presión de organizaciones de defensa de los derechos digitales, entre ellas la PDLI, y de plataformas colaborativas como ‘Wikipedia’, que llegó ‘a cerrar’ temporalmente para mostrar su desacuerdo.
“Los cambios realizados en la Directiva a través de las enmiendas aprobadas en septiembre son una victoria de la sociedad civil: de los usuarios y de los colectivos que nos movilizamos en contra de la Directiva. Pero hay que advertir que muchos de estos cambios se quedan en la parte expositiva de la norma, los considerandos, pero luego no tienen su reflejo en el articulado, que es lo que realmente se aplica. Además, cuestiones como el filtrado previo para todos los contenidos, aunque ya no se menciona expresamente, en última instancia se va a producir. Vídeos críticos como el ‘Avertefué’ se podrán censurar utilizando la protección de la propiedad intelectual. Ese es el problema”, explica Sánchez Almeida.
Siete puntos negros de la Directiva
1. Filtrado automatizado de contenidos
Aunque las enmiendas introducen excepciones (como la Wikipedia o las plataformas de software libre; o el derecho de cita y de parodia) y se ha caído la mención expresa a esta obligación, la realidad es que, en última instancia y en la práctica, se mantiene el filtrado automático de contenidos: lo que hemos llamado ‘máquina de la censura’ desde las organizaciones de defensa de los derechos digitales como la PDLI.
Ahí estamos: junto a más de 80 organizaciones, contra la censura en Internet por reforma del #Copyright. #fixcopyright #censorshipmachine https://t.co/u74J4xzUZi
— PDLI (@PDLI_) 30 de noviembre de 2017
“A diferencia de la versión previa, ahora, en el polémico artículo 13, no se menciona expresamente el filtrado automático de contenidos, pero se obliga a las empresas que no firmen acuerdos de licencia ‘a cooperar de buena fe para que esos contenidos no estén disponibles’, y acto seguido se alude a que ‘la revisión’ de las decisiones ‘será humana’. Es decir, que tácitamente se está diciendo que la primera decisión de retirada puede no ser humana” explica Carlos Sánchez Almeida.
“Además, no es posible ‘cooperar de buena fe para garantizar que las obras o demás prestaciones protegidas no autorizadas no se encuentren disponibles dentro de sus servicios’ mediante un sistema de retirada ‘humano’. La cantidad inmensa de vídeo que se almacena cada minuto en YouTube y servicios similares hace imposible una supervisión humana, y por eso decimos que implícitamente -y sobre todo cuando se menciona la revisión humana de las reclamaciones de usuarios- se está imponiendo una supervisión del contenido aportado por usuarios mediante algoritmos. Algoritmos que tomarán la decisión de qué música se puede subir y qué no, qué imágenes se pueden subir y cuáles no. Censura automatizada, en suma”, alerta el director legal de la PDLI.
Esto hará muy difícil, en la práctica, que se ‘salven’ del filtrado contenidos aparentemente amparados por las excepciones introducidas en las enmiendas, como vídeos satíricos con una base musical con derechos de autor, entre otros muchos.
2. Privatiza la censura
Por primera vez, esta Directiva considera a las plataformas tecnológicas responsables del contenido que se aloja en ellas y les impone un deber de supervisión general. De este modo, convierte en órganos de control de contenidos a empresas privadas. Esta privatización de la censura es un precedente peligrosísimo para la libertad de expresión y de información, pues no existe ninguna garantía de que, en las decisiones que vayan a tomar, apliquen la proporcionalidad exigible cuando se trata de limitar derechos fundamentales. Por el contrario, es fácil prever que, ante la amenaza de sanciones, se retiren masivamente contenidos dudosos. Desde la PDLI defendemos que solo los jueces, u órganos públicos con las suficientes garantías (como los Consejos Audiovisuales) deben poder ordenar la retirada de contenidos online.
«Desde la @PDLI_ rechazamos la censura mediante algoritmos. Consideramos que sólo el poder judicial está legitimado para retirar contenidos que afecten a la libertad de expresión en internet», nuestro dtor legal @bufetalmeida sobre la Directiva de #copyright #propiedadintelectual pic.twitter.com/RJc7YpOF48
— PDLI (@PDLI_) 29 de octubre de 2018
3. Falta de transparencia
No sabemos cómo este filtrado automático implícito en la Directiva se llevará a la práctica por parte de cada plataforma ni sus consecuencias. “Igual que para cualquier decisión legal rige el principio de publicidad de las normas, aquí debería conocerse de forma precisa en qué se va a basar el algoritmo para retirar un contenido u otro. La misma transparencia que rige para el código jurídico debe aplicarse al código informático. Si esto no es posible, que vemos difícil que lo sea, es otro motivo añadido para que la retirada automatizada de contenidos no sea aceptable”.
RT @bufetalmeida La censura automatizada nos hacía mucha gracia en las películas de ciencia-ficción. La realidad que viene es mucho más trágica: si no lo evitamos, las máquinas decidirán qué puedes leer, qué puedes oír, qué puedes mirar.https://t.co/OcYKtt2tVj
— PDLI (@PDLI_) 30 de octubre de 2018
4. Desproporción
Resulta desproporcionado y sorprendente que se promuevan sistemas de filtrado automático para retirar contenidos de Internet cuando afectan a los derechos de autor y no se contemple, por su posible colisión con el derecho a la liberta de expresión, con otros contenidos potencialmente nocivos.
5. Páginas de enlaces
Aparentemente, las páginas de enlaces y agregadores podrán seguir publicando hipervínculos, siempre que el texto que lo acompañe solo recoja palabras sueltas. “Vamos a tener que hablar mediante alusiones como en los ‘gags’ de Gila o Cruz y Raya: ‘alguien ha robado algo’”, ironiza Sánchez Almeida.
6. Cambiará Internet
La Directiva será un obstáculo para la pluralismo informativo y cultural. El coste económico y tecnológico de los sistemas de filtrado, que van a ser en la práctica obligatorios, será una barrera para nuevos operadores de alojamiento de contenidos. También para los creadores que se dan a conocer a partir de versiones de obras originales.
7. Contradicciones e inseguridad jurídica
La Directiva sobre copyright entra en contradicción con la de comercio electrónico y, además, abusa de conceptos genéricos e indeterminados. Esto no es solo perjudicial con el mercado único digital que se pretende proteger, sino que crea una inseguridad jurídica que terminará repercutiendo en una menor libertad de información y expresión, en especial, cuando tenga que transponerse a la legislación española, y del resto de Estados, al dejar un margen muy amplio para regular la retirada de contenidos.
‘Espero que haya una mejora sustancial del texto actual de la Directiva. No sólo puede, por sus contradicciones, perjudicar al mercado único digital y crear inseguridad jurídica sino a dchos. fundamentales como son la libertad de expresión e información’, C. Pina @garrigues_es pic.twitter.com/TSKQifipI7
— PDLI (@PDLI_) 29 de octubre de 2018
Debate con Cultura
Estos puntos negros de la reforma de la propiedad intelectual en Europa fueron planteados en el debate “Retos de la nueva Directiva europea de copyright y la posición del Gobierno de España”, organizada por el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y editorial Lefebvre donde participó el director legal de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), Carlos Sánchez Almeida.
También intervinieron el subdirector general de propiedad intelectual del Ministerio de Cultura y Deportes, Carlos Guervós Maíllo (estaba prevista la presencia de Adriana Moscoso, Directora General de Industrias Culturales del Ministerio de Cultura y Deportes y asesora en excedencia de la SGAE, pero a última hora canceló su participación); Carolina Pina, socia de propiedad intelectual en Garrigues; y Miquel Peguera, profesor de Derecho Mercantil en la UOC y consultor en Cuatrecasas. La discusión estuvo moderada por el abogado y catedrático Carlos Lema Devesa, presidente de la Sección de Propiedad Intelectual e Industrial del ICAM.
📸 Comienza el debate sobre reforma del #copyright y postura del gobierno de España con Carlos Lema Devesa @icam_es, Carolina Pina de @garrigues_es
y @bufetalmeida, dtor. legal de la @PDLI_ #propiedadintelectual pic.twitter.com/aR2ZMayb39— PDLI (@PDLI_) 29 de octubre de 2018
Aprobación en diciembre
Ante las críticas, el representante del Ministerio de Cultura aclaró que “no ha habido ningún cambio en la postura de España respecto a la Directiva con el cambio de gobierno” y que espera que se apruebe cuanto antes: “sería un buen regalo de Navidad”, dijo.
La discusión pretendía presentar las diferentes posiciones sobre el texto aprobado el pasado mes de septiembre por el Parlamento Europeo y que se espera esté cerrado definitivamente a finales de diciembre tras superar su último trámite con la aprobación por parte del Consejo (los llamados ‘trílogos’).
La PDLI espera que este plazo se prolongue ante el riesgo que representa para la libertad de expresión (como ha señalado también el propio relator de Naciones Unidas, David Kaye) y las dudas y problemas que genera la nueva Directiva entre los juristas expertos.
[Post original en la web de la PDLI]